[private role=»subscriber» alt=»Debes inciar sesión para ver el contenido.»]
logoAfysePantallaiustime

CIRCULAR INFORMATIVA Nº 11/2015

Palencia, a 9 de febrero de 2015

 

AYUDAS ICO (INDICATOR)

 

Líneas ICO. Aunque los fondos de las líneas ICO los aporta el Estado, las solicitudes deben presentarse ante las entidades financieras, pues son ellas las que deciden si conceden o no la financiación (y también las que deciden qué garantías exigen).

La financiación se puede solicitar hasta el 12 de diciembre de 2015.

Inversiones y liquidez

Línea “Empresas y Emprendedores”. A través de esta línea, su empresa puede obtener financiación para necesidades de liquidez (pago de nóminas o proveedores, compra de mercancías…) o para realizar inversiones (adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano, como pueden ser vehículos industriales).

La inversión debe efectuarse en el plazo máximo de un año desde la concesión, aunque también pueden financiarse inversiones realizadas durante 2014.

Condiciones. El importe máximo financiable es de 12’5 millones de euros, y la financiación se concede en forma de préstamo (o leasing si financia inversiones).

Como regla general, las condiciones de esta financiación a través del ICO son mejores que las de un préstamo “normal”:

  • El tipo de interés es fijo o variable y depende del plazo de amortización. Así, por ejemplo, para operaciones a un año sin carencia el interés variable es actualmente del 3’032% (y en un préstamo “normal” estaría entre el 4’25% y el 4’75%).
  • Asimismo, el banco no puede cobrar comisiones (excepto en caso de amortización anticipada).

Plazo. Aunque el plazo de amortización de estos préstamos va de uno a cuatro años para liquidez (con posible carencia de principal de un año) y de uno a veinte años para inversiones (con posible carencia de hasta dos años), siga estos consejos:

  • Si financia liquidez, no lo haga a largo plazo (lo aconsejable es hacerlo a un año). Y si financia inversiones, evite que el plazo de devolución supere la vida útil del activo financiado.
  • Si solicita un préstamo ICO para unificar sus préstamos vigentes (es posible hacerlo), evite que el plazo del nuevo préstamo sea superior al plazo medio de los préstamos que cancela.

Para realizar obras

Rehabilitación. Esta misma línea ICO también financia la realización de obras de rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas.  Por tanto, informe de ello a sus clientes; de esta manera tal vez consiga nuevos encargos para su empresa.

Comunidades. Pueden solicitar esta financiación comunidades de propietarios, particulares y agrupaciones de comunidades, en las mismas condiciones anteriormente indicadas (plazos de amortización, tipo de interés…).  En todo caso, tenga en cuenta que:

  • Con estos préstamos se pueden financiar todos los conceptos incluidos en las obras de rehabilitación o reforma (mano de obra, minutas de arquitecto, aparejador o ingenieros…).
  • En cambio, no es financiable la construcción de una vivienda nueva (pues sólo se financia la rehabilitación o reforma).

En la página web del ICO ( http://www.ico.es , apartado “ICO Empresas y Emprendedores 2015) encontrará información adicional sobre esta financiación (entidades en las que puede solicitarse, condiciones, preguntas frecuentes…).

En la página web http://www.ico.es , apartado “Líneas ICO 2015”, encontrará información adicional sobre las nuevas líneas de financiación del ICO, que financian a particulares y comunidades para realizar obras de rehabilitación o reforma.

 

PORQUE SABER QUE TRATA CON EXPERTOS, LE DA TRANQUILIDAD

Un cordial saludo,

 

Amaya Rodríguez Sanz

Abogada

Descargar versión PDF.

[/private]