[private role=»subscriber» alt=»Debes iniciar sesión para ver el contenido.»]

logoAfysePantallaiustime

CIRCULAR INFORMATIVA Nº 6/2015

Palencia, a 28 de enero de 2015

 

Ayudas 2015 programa emprendetur internacionalización

 

Plazo solicitudes: establece la realización de dos procedimientos de selección, con plazos de presentación diferentes:

 

  • Procedimiento de selección primero:

Plazo de presentación: Desde el 09-01 hasta el 09-03-2015, ambos días inclusive.

 

  • Procedimiento de selección segundo:

Plazo de presentación: Desde el 11-03 hasta el 11-05-2015, ambos días inclusive.

 

Las empresas que resulten beneficiarias dentro de uno de los procedimientos de selección previstos en esta convocatoria, podrán concurrir a posteriores procedimientos siempre que lo hagan con un proyecto distinto.

 

Objeto: la internacionalización del sector turístico español, mediante la apertura de nuevos mercados turísticos internacionales, el incremento o potenciación de los ya existentes o la exportación a terceros países de productos o servicios turísticos españoles.

 

Objetivos: Las actuaciones relacionadas en esta orden tienen como finalidad contribuir a acelerar y consolidar el crecimiento internacional de empresas españolas no exportadoras o exportadoras ocasionales que cuenten con un proyecto del sector turístico competitivo y la consecución de los objetivos del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015.

 

Beneficiarios: las empresas legalmente constituidas en España cuya exportación no supere el 40 % de su facturación en el momento de la solicitud. Se entenderá por empresa cualquier entidad que, independientemente de su forma jurídica y del origen de su financiación, tienen una actividad económica, es decir, pone bienes o presta servicios en un mercado determinado.

 

Se excluyen las sociedades mercantiles públicas, los entes públicos empresariales y cualquier otra empresa constituida o regida de acuerdo con el derecho público.

 

Tipos de proyectos y actuaciones:  serán susceptibles de ser objeto de ayudas del programa Emprendetur Internacionalización, en el marco de la medida de Apoyo a la internacionalización de las empresas turísticas españolas incluida en el Plan Nacional e Integral de Turismo (PNIT), los productos y servicios turísticos dirigidos a:

 

  1. a) La apertura de nuevos mercados.
  2. b) La exportación de nuevos productos y servicios.
  3. c) Aportar factores de competitividad diferenciales.
  4. d) El fortalecimiento del potencial innovador de las empresas del sector turístico, así como de la competitividad y los ámbitos de conocimiento científico tecnológico del sector turístico.

 

En concreto, este Programa está destinado a financiar distintas fases en el proceso de internacionalización de las empresas. Dichas fases se articulan en las siguientes actuaciones:

Fase 0: Investigación de mercados/estudios de viabilidad.

Fase 1: Prospección.

Fase 2: Implantación.

 

Las empresas deberán indicar las fases y actuaciones para las que solicitan financiación

 

Las actuaciones, deberán haber comenzado a ejecutarse con posterioridad a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria. En el caso del primer procedimiento será a partir del 10-01-2015 y en el caso del segundo procedimiento a partir del 12-03-2015.

 

 

Asimismo, el plazo máximo de ejecución de la actuación será de tres años, en el caso del primer procedimiento hasta el 9/01/2018 y en el caso del segundo procedimiento hasta el 11 de marzo de 2018, pudiendo incluirse entre los gastos financiables todos aquellos que se hayan realizado con anterioridad a la finalización del mencionado plazo.

 

Las actividades objeto de ayuda podrán realizarse en cualquier país del mundo.

 

Gastos subvencionables: las ayudas se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto o actuación para el que se hayan concedido. Dichas ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:

 

  1. A) Fase 0: Investigación de mercados/estudios de viabilidad. Conceptos elegibles:
  2. a) Los estudios de mercado, de viabilidad, de implantación, etc. realizados por empresas especializadas.
  3. b) La compra de documentación de comercio exterior adquirida a terceros.
  4. c) Costes de personal interno de la empresa.
  5. d) Viajes del personal propio de la empresa a los mercados de destino.

 

  1. B) Fase 1: Prospección. Conceptos elegibles:
  2. a) Gastos legales necesarios para la prospección.
  3. b) Gastos de personal en cumplimiento de los límites máximos de financiación de gastos de personal financiables.
  4. c) Gastos de asesoría y subcontratación.
  5. d) Gastos corrientes (% sobre gastos de personal). Se establece la compensación de los gastos generales y su imputación al proyecto en un tanto alzado máximo del 20 por ciento de los costes totales de personal del proyecto, sin necesidad de justificación.
  6. e) Viajes del personal de la empresa.
  7. f) Suministros y materiales promocionales incluidos.

 

  1. C) Fase 2: Implantación. Conceptos elegibles:
  2. a) Alquiler oficinas.
  3. b) Gastos legales necesarios para la implantación en el exterior: notarias, registros, certificaciones, etc.
  4. c) Gastos de personal en cumplimiento de los límites máximos de financiación de gastos de personal financiables.
  5. d) Gastos de asesoría y subcontratación.
  6. e) Gastos corrientes (% sobre gastos de personal). Se establece la compensación de los gastos generales y su imputación al proyecto en un tanto alzado máximo del 20 por ciento de los costes totales de personal del proyecto, sin necesidad de justificación.
  7. f) Viajes del personal de la empresa.
  8. g) Material y suministros.

 

Los límites máximos de financiación de gastos de personal subvencionables y los gastos subvencionables en concepto de promoción son los establecidos en el Anexo I de esta convocatoria.

 

Subcontratación: El coste de la subcontratación no podrá superar en ningún caso el 50% del coste total de la actuación.

 

Cuantía: Las ayudas tendrán la forma de préstamos reembolsables. Las características de las ayudas en forma de préstamo serán las siguientes:

 

  1. a) Financiación máxima: Hasta el 75 % del coste financiable de los proyectos o acciones, el cual no podrá superar el 1.000.000 de euros.
  2. b) Plazo máximo de amortización de 5 años incluyendo un período de carencia máximo de 2 años, que se aplicará a cada ayuda concedida salvo indicación en contrario por el beneficiario en el momento de la concesión.
  3. c) Una eventual modulación reduciendo tanto la financiación máxima como los plazos de amortización o de carencia se podrá determinar en cada convocatoria.
  4. d) El tipo de interés de aplicación del 0,95 y un plazo de amortización de 5 años, incluyendo un período de carencia máximo de dos años, que se aplicará a cada ayuda concedida salvo indicación en contrario por el beneficiario en el momento de la concesión.
  5. e) El método de amortización será de cuotas constantes e iguales, es decir, la suma de amortización más intereses se abonará en cuotas de cantidades iguales al final de cada uno de los períodos de amortización determinados en la resolución de concesión. De este modo, las amortizaciones periódicas son crecientes en progresión geométrica cuya razón viene dada por el tipo de interés más la unidad.

 

 

El abono de la amortización y de los correspondientes intereses se realizará al final de cada período de amortización determinado en la resolución de concesión.

 

Los préstamos devengarán intereses desde la fecha de entrega del principal, entendiéndose como tal la fecha en la que el Tesoro Público realiza la transferencia del importe concedido al beneficiario.

 

No se aplicarán comisiones ni penalizaciones por cancelación anticipada voluntaria de los préstamos.

 

La financiación concedida se modulará en la respectiva resolución de concesión, atendiendo a la naturaleza y características concretas de cada proyecto o actuación.

 

 

ANEXO I.

Los límites máximos correspondientes a los gastos contemplados en el apartado segundo, punto siete de la convocatoria serán los siguientes:

 

Límite máximo al gasto en promoción

No podrá superar el 40% del presupuesto total financiable de la fase.

 

Límites máximos de financiación de gastos de personal subvencionables

Coste salarial máximo subvencionable

 

Categoría Salario incluidos gastos de Seguridad Social a cargo de la empresa €/h

1.800 h/año

Director 88.524,19 49,18
Técnico Senior 73.091,41 40,61
Técnico Junior 57.658,64 32,03
Técnico Medio 49.942,26 27,75
Auxiliares 30.070,76 16,71

 

 

PORQUE SABER QUE TRATA CON EXPERTOS, LE DA TRANQUILIDAD

Un cordial saludo,

 

Amaya Rodríguez Sanz

Abogada

[/private]